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Federación de Colegios de Abogados pidió al STJ misionero suspender la oralidad

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Además de respaldar la demanda judicial que su representante de Misiones inició al Superior Tribunal, solicitó que la conducción judicial convoque al diálogo tras dejar sin efecto la puesta en marcha del cuestionado proceso por inconstitucional. 

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) pidió formalmente al Superior Tribunal de Justicia de Misiones (STJ) la suspensión de la acordada que implementó el cuestionado procedimiento de oralidad en el fuero Civil y Comercial, al que el Colegio misionero cuestionó por inconstitucional y denunció formalmente.

José Luis Lassalle como presidente y Marcelo C.C. Scarpa como secretario de FACA remitieron dos notas a Misiones: una a la presidenta del STJ, Rossana Venchiarutti y otra al titular de la Cámara de Representantes, Carlos Rovira.

A la primera, le expresaron en contundentes términos el respaldo a la institución que dirige Antonio López Forastier. Al segundo, le informaron del pedido de suspensión y de convocatoria al diálogo al Colegio de Abogados de la tierra colorada.

A ambas notas, a las que accedió PRIMERA EDICIÓN, la FACA sostuvo los argumentos de su representación misionera. "Es nuestra voluntad transmitirle la preocupación surgida a raíz del conflicto generado con motivo del dictado por ese Superior Tribunal de la Acordada 139/19 por la cual se aprobó el 'Protocolo de Gestión de pruebas Fuero Civil y Comercial'; entendiendo que al amparo de la misma se ha puesto bajo discusión jurídica valores esenciales del sistema republicano, tales como la división de poderes y el respeto irrestricto de las atribuciones legislativas garantizadas en la Constitución de la Provincia de Misiones", sostuvieron los firmantes en uno de los párrafos a Venchiarutti.

Contundente solicitud

Más adelante, en forma contundente, sostuvieron a la titular del STJ: "Solicitamos se considere por parte de ese Superior Tribunal la suspensión de la Acordada 139/19 y a convocar al Colegio de Abogados de Misiones a un debate amplio sobre el particular, para un posterior análisis parlamentario, evitando de este modo el conflicto judicial y su colisión con el orden jurídico procesal y constitucional en vigencia".

"… Es dable señalar que las numerosas modificaciones procesales introducidas por la Acordada antes mencionada, ponen en juego efectivamente principios fundamentales del Estado de Derecho y la división de poderes, en tanto la Constitución Provincial (Art. 101 inc.19) atribuye específicamente a la Cámara de Representantes y como facultad propia la de dictar (modificar) Códigos de Procedimientos, y a ese Excmo. Tribunal la de ejercer '…jurisdicción originaria y por apelación para conocer y resolver sobre la constitucionalidad de las leyes, decretos, ordenanzas, resoluciones o reglamentos que estatuyan sobre materia regida por esta Constitución (art. 145)'", agregaron en la dura y crítica nota remitida a la conducción del Poder Judicial provincial.

Sobre la necesidad de participación de los letrados misioneros en un futuro procedimiento de oralidad, diferente al cuestionado y denunciado que rige actualmente, la FACA puso de relieve "…la trascendencia de la participación de los Colegios de Abogados en todo análisis normativo en que se encuentre en juego la administración de justicia. En tal sentido destacamos el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 16 de Diciembre de 2021, en autos Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y otro c/ EN -ley 26.080- dto 816/99 y otros proceso de conocimiento; CAF 29053/2006/CA1-CS1; en el que expresamente se señaló: '…los Colegios de Abogados cumplen una función importantísima en la defensa de la Constitución, y en particular del sistema republicano, de la división de poderes y la independencia del Poder Judicial'".

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