FIN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN POR TRANSFERENCIA DE FONDOS A CUENTAS PARTICULARES.
Que habiendo planteado oportunamente, ya desde anteriores gestiones del CAM, la injusta doble imposición que se producía al realizar trasferencias de fondos de cuentas judiciales a cuentas particulares de los Abogados y de las Abogadas ante la liquidación de Ordenes de Pago, se ha plasmado en la Resolución General Nº 34 del 16/09/2021 el compromiso asumido por la Agencia Tributaria Misiones en reunión mantenida conjuntamente con la Presidenta del STJ.
En la misma se establece que estarán exentas de la retención de IIBB determinada por la Resolución General Nº 35/2002 las trasferencias de fondos a cuentas de las Abogadas y de los Abogados que provengan de cuantas judiciales.
Gracias a todas y todos los integrantes de la Comisión Actual y a las anteriores por el compromiso.
Saludos
Abog. Arturo Fernando Orbe