A partir del 1 de Septiembre entra en vigencia la CÉDULA ELECTRÓNICA al domicilio constituido: ¡100% digital, sin PDF, sin transcripción y a 1 solo click!
Aquí te dejamos los puntos clave que debes saber:
→ Sin firma digital: Todos los profesionales podrán enviar la cédula electrónica sin requerir firma digital.→ No mas Transcripción ni PDF. Al ingresar a la función, el sistema generará automáticamente el PDF con los datos esenciales debiendo el profesional únicamente seleccionar la resolución y/o documento a notificar.
→ Seguridad y robustez: Para garantizar la validez, el sistema SOLO permitirá el envío si la resolución adjunta posee la firma digital del Juez.
→ ¿Qué se puede notificar?: Providencias simples, resoluciones interlocutorias y sentencias.
→ Adiós al papel: Desde el 1 de septiembre NO se podrán enviar cédulas en soporte papel a domicilios constituidos (salvo excepciones ordenadas por el órgano judicial).
El juzgado o tribunal enviará las cédulas de la misma manera, impactando directamente en la cuenta SIGED del destinatario, generando el comprobante de envío.
En breve estaremos subiendo el instructivo a nuestros canales de comunicación.