Por Super User on Jueves, 29 Julio 2021
Categoría: Noticias

Acordada Nº 96/2021. Proyecto de Reglamento Respecto a la Utilización de los Medios de Pagos Electrónicos

El depósito exigido por el Art. 287 del CPCCFyVF podrá ser realizado mediante la utilización de cualquier medio electrónico de pago que autorice el Banco Central de la República Argentina (BCRA). 

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